Tamaulipas

Juez obliga a Tribunal Laboral a dictar Laudo contra dependencia estatal.

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), emitió un laudo en contra de una dependencia estatal, en cumplimiento a la sentencia 543/2017 que otorgó el amparo a una mujer, ya que al dejar pasar más de seis meses sin dictarlo se violó en su perjuicio la garantía constitucional de justicia rápida.

El Juez Fernando Ureña Moreno, del Juzgado Primero de Distrito, determino que, de la lectura integra de la demanda de amparo se desprende que lo que el impetrante reclama es la omisión de la autoridad responsable de dictar laudo dentro de los autos del expediente, cuyo acto tiene el carácter de negativo y como tal es de tracto sucesivo, porque la violación se actualiza de momento a momento, por tratarse de hechos continuos que no se agotan una vez producidos, sino hasta en tanto cese la negativa u omisión de que se trata.

El 16 de marzo del 2017, una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del Tcatsem, por el dejar de dictar las medidas necesarias a fin de estar en posibilidad de dictar resolución en forma de laudo que en derecho proceda, dentro del expediente laboral 363/E/2014, considerándolo violatorio de la garantía de justicia rápida.

El Juez señalo que, el procedimiento para resolver las controversias que se sometan al Tcatsem, se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, a la respuesta y a una sola audiencia de pruebas y alegatos de las partes, y el Tribunal pronunciará resolución dentro del término de diez días siguientes, y, de la constancia que remitió el tribunal responsable, no se evidencia que haya acordado audiencia y diligencias posteriores; en tal virtud, es obvio que la responsable ha incurrido en la omisión que se le atribuye.

El Juez emite la sentencia, otorgando el amparo, para que el Tcatsem, dicte de inmediato el laudo dentro del expediente laboral, lo cual deberá hacer del conocimiento de este Juzgado; ello en estricto acatamiento al derecho fundamental, contenido en el artículo 17 constitucional, debiendo destacar que la autoridad laboral ya presento las pruebas del cumplimiento, por lo que le asunto fue dado por concluido.