Tamaulipas

Magistrado de Tamaulipas otorga orden de aprehensión por deuda civil

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Magistrado Raúl Enrique Morales Cadena, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), al resolver una apelación otorgó una orden de aprehensión en contra de un ciudadano por deudas civiles, violando las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso,  ante lo cual mediante la ejecutoria 991/2016 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo, para que el afectado sea dejado en libertad.

Juan Carlos López Santillanes, secretario del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, determino que, no debe utilizarse el derecho penal, considerando las conductas meramente civiles como delictuosas, quedando al arbitrio de los particulares contratantes, que al incumplirse una cláusula estipulada en el convenio, tengan la posibilidad de aducir que fueron engañados, y consecuentemente denunciar penalmente.

El 14 de octubre del 2016, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del Magistrado de la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), por la sentencia de catorce de junio de dos mil dieciséis, dictado dentro del toca penal 104/2016, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 991/2016.

El 30 de julio de 2010, un ciudadano presento querella penal en contra del sentenciado por el delito de fraude, debido a la negativa de supuesto incumplimiento de la entrega de un solar pactada en un contrato civil, iniciándose la averiguación por el Agente Séptimo del Ministerio Público, el cual ejerció la acción penal el 28 de agosto del 2013, el cinco de setiembre del 2013 el Juez Segundo Penal de Victoria negó la orden de aprehensión, ante ello, el Ministerio Público presenta recurso de apelación.

El 19 de febrero del 2014, el Magistrado Raúl Enrique Morales Cadena, titular de la Sexta Sala del STJE, emite la resolución revocando la denegación de la aprehensión por el delito de, y ordena la aprehensión; ante lo cual el acusado recurre al juicio de amparo, por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa.

Juan Carlos López Santillanes, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si no se acredita de manera fehaciente que el engaño del que fue víctima el ofendido tenía como fin defraudar y obtener un beneficio ilícito, no puede configurarse dicho delito, por lo que el enriquecimiento sin causa que así obtiene el inculpado debe considerarse como una cuestión de índole civil, tomando en cuenta, la prohibición del artículo 17 de la Constitucional de que nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil.

El pleno judicial otorga el amparo, para que la Sexta sala del STJE, determine que no se demostró el elemento del delito de fraude genérico consistente en engaño, y en consecuencia, la responsabilidad del ciudadano, por lo que le deberá ordenar la definitiva libertad, únicamente por lo que hace al ilícito previsto por el artículo 417, del Código Penal de Tamaulipas, a efecto de restituirlo en el pleno goce de su derecho humano a la libertad.