Tamaulipas

Niegan amparo al Gobierno de Tamaulipas, deberá pagar prima de antigüedad a dos maestras

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Gobierno del Estado de Tamaulipas deberá pagar la prima de antigüedad por 26 años y tres meses, y 27 años y cuatro meses respectivamente a dos maestras, ya que mediante la ejecutoria 14/2017 Magistrados Federales, le negaron el amparo en contra del  Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) por alegar lo ya resuelto en otro juicio de amparo.

El Magistrado Eduardo Torres Carrillo, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determino que, los motivos de disentimiento son inoperantes, en tanto que a través de ellos el Gobierno del Estado controvierte la condena al pago de los conceptos de prima de antigüedad y prima vacacional, y el laudo que ahora se controvierte fue emitido en cumplimiento a una sentencia de amparo anterior.

El 21 de diciembre del 2016, la Administración Estatal de Tamaulipas acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del Tcatsem, por Laudo de 14 de noviembre de 2016 en el juicio laboral 120/2013, el cual considero como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, dándose inicio al juicio de amparo 14/2017.

En un principio, dos maestras reclamaron ante el Tcatsem, la prima de antigüedad, media hora interjornada, dos horas extras diarias, aguinaldo, prima vacacional, vacaciones por todo el tiempo que duró la relación de trabajo y seguro de retiro por $50 mil pesos, señalando que se jubilaron de la Secretaría Estatal de Educación (SET), y no se les ha cubierto las prestaciones que se reclaman, para lo cual presentaron las pruebas y sus argumentos jurídicos correspondientes.

El Tribunal Laboral emite Laudo definitivo, condenando al Gobierno del Estado de Tamaulipas, a pagar a una maestra la prima de antigüedad por los 26 años y 3 meses de servicios, vacaciones; prima vacacional proporcional; y para la otra profesora, prima de antigüedad, por 27 años 04 meses de servicio; 3 mil 179 pesos, por concepto de vacaciones; así como prima vacacional, en forma proporcional al 2013, ante lo cual la Administración Estatal recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Eduardo Torres Carrillo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que primer laudo solo fue impugnado por las maestras, a través del juicio de amparo directo 525/2015-I, y no obstante que desde que se pronunció el mismo cualquier violación vinculada con la condena al pago de los conceptos de prima de antigüedad y prima vacacional ya se había actualizado, esas cuestiones quedaron firmes al dejarse intocadas en la sentencia protectora dictada en ese anterior juicio de garantías.

Dado que tanto fueron declarados infundados los conceptos de violación vinculados con la indebida condena al pago de los conceptos de prima de antigüedad y prima vacacional, y el Gobierno del Estado no interpuso el juicio de amparo directo en contra del anterior laudo, ante lo cual propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial.