Tamaulipas

Niegan amparo al IMSS deberá pagar 237 mil pesos a ciudadano por pensión de invalidez

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá pagar 237 mil 674 pesos un ciudadano, por pensión por invalidez definitiva, en los términos del artículo 128, 131, 134, 164, 167, demás relativos y aplicables de la abrogada Ley del Seguro Social, y otros conceptos, ya que mediante la ejecutoria 644/2016 Magistrados Federales le negaron el amparo por ser infundados e inoperantes sus argumentos jurídicos.

El Magistrado Juan Antonio Trejo Espinoza, del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, determino que, adverso a lo aseverado por el IMSS, la Junta sí puntualizó las pruebas en que apoyó su condena, pues especificó que su conclusión de la existencia de la invalidez se demostraba con el dictamen médico emitido por el perito de la parte actora; coincidente con el del tercero en discordia, la instrumental pública de actuaciones y la presuncional legal y humana.

El 31 de noviembre del 2016, se presentó en el Poder Judicial Federal en Ciudad Reynosa, la demanda promovida por el IMSS en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por el Laudo del juicio laboral 17/2015, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, iniciándose el juicio de amparo 644/2016.

En un principio, una persona, demando al organismo medico ante la JFCA, reclamando el otorgamiento de la pensión de invalidez definitiva, a partir del 16 de octubre del año 2014 y demás prestaciones que reclama; al acudir a juicio el Seguro Social, manifiesta que el actor carece de acción y derecho, toda vez que no reúne los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social ya que no ha demostrado que las enfermedades que señaló lo imposibiliten para seguir laborando en los términos que señala.

La Junta emite el Laudo, condenando al IMSS a otorgar y pague al actor, pensión por invalidez definitiva; otorgamiento de la atención médica, clínica, farmacéutica y demás prestaciones para el actor y su esposa e hijos; las asignaciones familiares para la esposa; pago de los aguinaldos a partir del año 2014, lo cual se cuantifica en la cantidad de $237 mil 674 pesos, ante lo cual la dependencia federal recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Juan Antonio Trejo Espinoza, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Instituto quejoso tampoco precisó qué pruebas considera que dejaron de estudiarse, y si bien afirmó que la litis se había analizado de forma incongruente, no expuso el motivo de tal afirmación; luego, si en el caso no opera la suplencia de la queja, por ser el IMSS la parte contraria de la obrera, y al efecto, los conceptos de violación son los que limitan el análisis que puede emprender este Tribunal Colegiado.

Motivo por el cual, los planteamientos en estudio resultan inoperantes, por lo que ante lo infundado e inoperante de los conceptos de violación planteados, lo procedente es negar el amparo y protección de la Justicia Federal, lo cual fue aprobado por el pleno judicial compuesto por los Magistrados Héctor Gálvez Tánchez, Juan Antonio Trejo Espinoza y Lucio Antonio Castillo González.