Tamaulipas

Se le desaparece domicilio a un actuario del Juzgado Primero Familiar de Victoria

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ahora resulta que a un actuario del Juzgado Primero Familiar de Victoria, se le desapareció el domicilio de un demandado  y no lo ha podido emplazar a un incidente  de  liquidación  de sociedad  conyugal, cuando el cuatro de julio del 2017 si estaba dicho domicilio y lo cito a juicio, por lo que mediante la sentencia 2467/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo.

El Juez Sergio Santamaría Chamú, del Juzgado Decimoprimero de Distrito, determino que, se advierte que, no  obstante que se ha comisionado en diversas ocasiones al Actuario, este manifestado su imposibilidad material para llevar acabo la diligencia, aduciendo entre otras cuestiones que: “…que una vez realizado un recorrido de poniente a oriente sobre la citada calle y entre calles, advierto que no se encuentra finca alguna con la manzana 43, así como tampoco con el número 126…”

El 21 de diciembre del 2017, una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Juzgado Primero Familiar de Victoria, por la  omisión de emplazar al demandado, al incidente de liquidación de sociedad conyugal, en el juicio de divorcio incausado 551/2017, considerándolo violatorio de la garantía de justicia rápida.

El Juez señalo que, de autos se advierte que dicho domicilio es el mismo en el cual se emplazó al demandado el cuatro de julio de dos mil  diecisiete, al juicio sobre divorcio  incausado 551/2017, del cual deriva la incidencia planteada por la mujer, diligencia que se entendió directamente con dicha persona, asimismo, en el presente juicio de amparo se emplazó al referido demandado el 27 de diciembre de 2017 en el multicitado domicilio  y  también la diligencia de emplazamiento se entendió directamente con dicha persona.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que el Juzgado Primero Familiar de Victoria, ordene  el emplazamiento del demandado, en el domicilio señalado  para ello, es decir, donde se le ha localizado en anteriores ocasiones, debiendo cerciorarse  de que el actuario adscrito cumpla con dicha encomienda, a  través de las medidas disciplinarias que tenga a su alcance, y poder continuar con el trámite correspondiente.