Tamaulipas

Tesorería de Matamoros clausura y multa restaurante bar sin precisar como violo la ley

POR DAVID ZARATE CRUZ

Matamoros, Tamaulipas.- La Tesorería Municipal clausuro un restaurante bar por 60 días y le impuso una multa de 500 días de salario, porque a las 12 horas con 50 minutos del 12 de junio del 2016 se observó un conjunto musical tocando y personas tomando bebidas alcohólicas fuera de horario, pero no explico cómo se actualiza la violación a la Ley de Alcoholes, por lo que mediante la sentencia 508/2016 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo.

El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, Juez de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, determino que, no obstante que el acto sometido a escrutinio contenga preceptos legales que lo fundamenten, adolece de la adecuada motivación, esto es, no se explicó con la debida amplitud y claridad las razones por las cuales los supuestos hipotéticos se adecuaron al caso específico, para concluir que ameritaba multa económica y suspensión temporal dicho establecimiento.

El 14 de junio del 2016 la propietaria de un restaurante bar, acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros, para presentar demanda en contra de la Tesorería Municipal, por la resolución de 20 de junio de 2016, pronunciada en el procedimiento administrativo generado por la orden de visita 038, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 508/2016.

El Juez señalo que, es evidente que el acto impugnado se encuentra indebidamente motivado, al no justificarse de manera explícita, amplia y clara, los motivos por los cuales se impusieron las sanciones mencionadas a la agraviada conforme a la hipótesis contenida en el artículo 53, fracción I, inciso a), de la Ley Reglamentaria para Establecimientos de Bebidas Alcohólicas; dicha situación no le permitió a la propietaria conocer y cuestionar o controvertir el mérito de la actuación, proporcionándole una real y auténtica defensa.

El Juzgado emite la sentencia otorgado el amparo para que, se deje insubsistente la resolución de 20 de junio de 2016, se dicte otra en la que se precisen detalladamente las  circunstancias, razones y motivos que se tomaron en consideración para sostener que se actualizó la infracción relativa a estar operando (enajenando bebidas alcohólicas) fuera de los horarios establecidos por la ley respectiva.