EspecialesTampicoZona Conurbada

Directora del Tecnológico de Madero contesta oficio sin tener facultades para ello

La directora del Instituto Tecnológico Regional de Ciudad Madero (Itrcm), Ana María Mendoza Martínez, dio contestación a un oficio de un ciudadano sin tener competencia para ello, ya que lo solicitado fue materia de información pública relativa a plazas de maestros, por lo que mediante la sentencia 985/2018 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo, para que se turne la petición a la Unidad de Transparencia.

El Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, determino que, al efectuarse una petición que llevaba implícita la calidad de publica, a quién competía, dar trámite de ello, por existir disposición legal en ese sentido, es a la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Educación Pública (SEP), por lo que la directora del Itrcm,  adolece de toda potestad legal y por consiguiente, emitir respuesta a cualquier escrito que implique una petición de información pública.

El 28 de septiembre del 2018, Jorge Gutiérrez Escobedo, acudió ante el Poder Judicial Federal en Tampico, para presentar demanda en contra de la directora del Itrcm, por la respuesta de los oficios 3190 Bis/2018 y A.325/2019 dada por la autoridad responsable, respecto a la petición de información que le formuló relacionada con las plazas docentes que estén vacantes actualmente o que se encuentren de manera temporal asignadas de forma interina.

El Juez señalo que, al no haberse emitido por la autoridad a quien legalmente competía hacerlo, resulta violatorio del derecho de legalidad que le asiste al referido ciudadano, pues ello origina que tal respuesta sea ilegal y contraria a la letra de la ley, en concordancia con lo estatuido en los artículos 61 y 65 de la Leyes Federal y General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 13, fracción XXI Bis, del Reglamento Interior de la SEP.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que la directora del Itrcm, envíe y turne el escrito de petición de información, de seis de septiembre de dos mil dieciocho, signado por el quejoso Jorge Gutiérrez Escobedo, a la Unidad de Transparencia de la institución que representa, a fin de que sea dicha autoridad quien se pronuncie y emita respuesta a tal solicitud y notifique la circunstancia anterior al demandante.