Titulares

Porque empresa tiene su domicilio en Estados Unidos, Junta de Conciliación se declara incompetente

*El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales, determino que, si la Ley Federal del Trabajo resulta o no aplicable a una persona moral extranjera que resida en un país diverso a México

POR DAVID ZARATE CRUZ

Matamoros, Tamaulipas.- Con la excusa de que la empresa Keppel Amfels México Engineering que se encuentra instalada en Matamoros, tiene su domicilio en Estados Unidos, la Junta Especial Número Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado (JLCA), se declaró incompetente para conocer de una demanda laboral, ante lo cual el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que la cite a juicio.

El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales, determino que, si la Ley Federal del Trabajo resulta o no aplicable a una persona moral extranjera que resida en un país diverso a México, es un tema que debe dilucidarse en el laudo; de acuerdo con las excepciones que se opongan, de ahí lo ilegal del auto reclamado, ya que la Junta introdujo un tema ajeno al emplazamiento; con lo que prejuzgó sobre un punto que involucra un aspecto de fondo.

Gilberto Elizondo, acudió el 28 de mayo del 2015 ante el Poder Judicial Federal en Matamoros, para presentar demanda en contra de la Junta Especial Número Seis de la JLCA, por el acuerdo de doce de marzo de dos mil quince, en que se declaró incompetente, considerándolo violatorio de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 621/2015.

El Juez señalo que, al inicio del procedimiento las Juntas no se encuentran facultadas para examinar si la ley es aplicable o no a una persona moral extranjera; esto es, si tiene la calidad de patrón o no y, en su caso, desechar la demanda; podrán establecer si una persona tiene la calidad de patrón hasta que dicten el laudo, dado que ese es el momento cuando analizan las peticiones y los hechos controvertidos, hacen la enumeración y apreciación de las pruebas aportadas, y resuelven de manera, clara, precisa y congruente.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que la Junta, deje insubsistente el acuerdo y emita uno nuevo, donde ordene, de oficio, el emplazamiento de la demandada, lo cual deberá realizar cumpliendo con los requisitos que para ese efecto señala la Convención de la Haya sobre Notificaciones o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales o Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial.