Tamaulipas

Deberán condenar a Seguridad Pública de Tamaulipas a indemnizar por despido de policía

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal Fiscal del Estado omitió analizar lo señalado por la Secretaria de Seguridad Pública de Tamaulipas, en el sentido de que la conducta irregular de un policía fue lo que llevo a la separación definitiva del trabajo, y sobresee el juicio por “no haber pruebas de que fue despedido”, ante lo cual Magistrados Federales otorgaron el amparo para que se emita otra resolución por despido.

El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, determino que, el Tribunal responsable omitió analizar la manifestación expresada por la demandada Secretaría de Seguridad Pública de Tamaulipas, en su escrito de contestación de demanda, en el sentido de que fue la propia conducta irregular del actor y el desacato de los deberes que señala la ley lo que llevó a la remoción definitiva de su trabajo.

El 23 de enero del 2017, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda presentada por un Policía Preventivo Estatal, en contra del Tribunal Fiscal del Estado, por la sentencia de 14 de diciembre de 2016, dictada en el juicio de nulidad 29/05/2016, la cual considero como violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El policía señala que el 13 de mayo 2016, se le ordeno presentarse en el Complejo de Seguridad Pública en Victoria, donde el director de operaciones policiales, le dijo que estaba despedido y ordeno le quitaran el equipo de trabo y lo sacaran del lugar, el 16 de mayo, acudió a preguntar sobre su liquidación por 14 meses y cuatro años, pero le impidieron la entrada, ante lo cual decidio presentar demanda ante el Tribunal Fiscal del Estado.

El 14 de diciembre del 2016, el Tribunal Fiscal del Estado, emite la sentencia de sobreseimiento (no condenar, ni a favor, ni en contra), argumentando que no se demostró en autos que la autoridad demandada despidiera de su fuente de trabajo al actor, pues los elementos de prueba aportados por las partes solo acreditan la relación laboral que unía al actor con sus demandados, ante lo cual el afectado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, debe concluirse que existe la separación del trabajador como elemento de la Policía Estatal Acreditable, pues al tenor del material probatorio del juicio se revela que el vínculo administrativo entre las partes no concluyó con motivo de una medida tomada durante el procedimiento seguido en contra, menos aún, por el dictado de una resolución definitiva dictada dentro del procedimiento administrativo.

Ante ello, propuso otorgar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que, el Tribunal Fiscal del Estado, deje insubsistente la sentencia reclamada; dicte otra en la que parta de la premisa que existe la separación, sin justificación sobre la cual se proyectan las prestaciones del accionante y se pronuncie conforme a derecho corresponda respecto de las diversas prestaciones que reclamó el actor en su demanda.