Tamaulipas

Desde hace siete meses Tribunal no recaba informes del Ipsset y la SET en un juicio laboral

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Municipios (Tcatsem), desde hace siete meses no ha logrado que el Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado (Ipsset) y la Secretaria Estatal de Educación (SET), rindan un informe de autoridad como prueba en un juicio laboral, el Poder Judicial Federal le viene requiriendo el cumplimiento de la sentencia 2135/2016 que otorgó el amparo.

El Juez Daniel Ricardo Flores López, del Juzgado Decimoprimero de Distrito, determino que, si a la fecha en que se emite la presente sentencia, no se ha gestionado lo conducente hasta desahogar la prueba en alusión, se considera que indebidamente está dilatando el procedimiento en perjuicio de las partes, de ese modo, del contenido de las actuaciones citadas se advierte que la actitud asumida por el Tribunal es violatoria del derecho fundamental de administración de justicia pronta y expedita.

El siete de noviembre del 2016, una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del Tcatsem, por la omisión de integrar expediente natural, acordar escrito de 19/10/2016 y publicar acuerdo en el expediente 389/e/2015, considerándolo violatorio de la garantía de justicia rápida, iniciándose el juicio de amparo 2135/2016.

El Juez señalo que, por acuerdo de 7 de octubre de 2016 y en atención a las pruebas ofrecidas en el controvertido de origen, El Tcatsem ordenó girar oficio al Ipsset, la Coordinación Estatal de Servicio Profesional Docente y Dirección de Recursos Humanos de la SET, a fin de que rindieran los informes de autoridad a su cargo, ofrecidos como prueba dentro del juicio laboral de origen, sin que lo haya recibido, o por lo menos lo haya informado a este órgano jurisdiccional.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, el Tcatsem dicte las medidas que estime necesarias hasta lograr el desahogo de los informes de autoridad a cargo del Ipsset, y los organismos de la SET, ofrecidos como prueba dentro del juicio laboral, y así restablecer a la ahora inconforme en su derecho fundamental violado, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.