Tamaulipas

Desnudan manejo errático de Cuenca del Río Bravo; exigen regreso a legalidad y equidad

Por Víctor Terrazas

*Miembros del Consejo de la Cuenca del Río Bravo, reunidos el pasado 18 de septiembre en Monterrey, Nuevo León, toman acuerdos para reordenar el manejo de las aguas nacionales y su aprovechamiento equitativo y justo, de acuerdo a la ley y a los derechos de las concesiones en los seis estados que la integran: Durango, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

Cd. Victoria, Tamaulipas, 19 de Sep. de 2020.- Ante el manejo errático de la administración de las aguas de la Cuenca del Río Bravo que impiden la distribución equitativa a todos los usuarios con derechos de concesión, y la retención arbitraria de agua que realizan los usuarios de Chihuahua, el Consejo de la Cuenca, en su sesión del pasado 18 de septiembre en Monterrey, emitió un acuerdo de seis puntos, que busca restablecer el orden legal, equitativa distribución del agua, cumplimiento al tratado internacional de 1944 y previsiones para administrar las restricciones del ciclo 2020-2021 derivadas de la sequía.

Entre los resolutivos destacan los siguientes:

Uno.- Informar fidedignamente a los integrantes de la cuenca y a la sociedad del origen y la naturaleza de la actual condición de la cuenca, que nos permita hacer conciencia de tal situación, y responsablemente distender el lamentable conflicto que, por falta de información fidedigna, hoy se vive en la cuenca.

Dos.– Exhortar a la autoridad a emitir el Reglamento de la Cuenca a la mayor brevedad, para, en el marco de los acuerdos ya suscritos por todos los miembros del Consejo, administrar adecuadamente los amplios periodos de sequía que enfrenta la cuenca, cumpliendo nuestros compromisos internacionales, distribuyendo equitativamente nuestras escasas aguas entre el total de los usuarios derechosos, incluir y respetar los caudales ecológicos y evitar llegar a situaciones como la que hoy lamentablemente enfrentamos.

Tres.- En el corto plazo, invitar a los compañeros de Chihuahua para permitir a la autoridad la ordenada operación del sistema de presas de la cuenca, exhortando al total de los usuarios y al Gobierno Federal a implementar las medidas de emergencia que nos permitan la adecuada atención de la muy probable severa restricción que enfrentará la cuenca en el ciclo 2020-2021.

El documento es signado por los Vocales del Consejo de la Cuenca del Río Bravo, entre ellos, Vocal Agrícola de Nuevo León, Sergio Alberto Cantú Garza; Vocal Agrícola de Coahuila, Tomás Villarreal Villarreal; Vocal Agrícola de Nuevo León, Esteban Armando Cavazos Leal.;Vocal Gubernamental de Tamaulipas, Luis Javier Pinto Covarrubias.

Asimismo, Vocal Agrícola de Tamaulipas, Carlos Alberto Cavazos Valerio; Vocal Agrícola de Tamaulipas, Jorge Luis López Martínez;Vocal Organizaciones de la Sociedad, Tamaulipas, Abdiel García García; Vocal Sup. Organizaciones de la Sociedad, Tamaulipas, Rogelio García- Moreno Garza; Vocal Usos Servicios, Tamaulipas, Carlos César Hinojosa Hinojosa.

También; Vocal Ambienta, Coahuila, PRONATURA Noreste, Oscar Adrián Leal Nares; Vocal Usos Industrial, Tamaulipas, Guadalupe Rosales Quintanilla; Vocal Usos Público Urbano, Tamaulipas, Miguel Vázquez Otague.

Por considerar importante el documento de la reunión, ya que muestra un panorama más amplio sobre el manejo integral de la Cuenca del Río Bravo que involucra a autoridades federales, usuarios con derecho de concesión de Durango, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y de Estados Unidos de Norteamérica, se reproduce el acuerdo íntegro, a que tuvo acceso La Verdad de Tamaulipas.

Acta de reunión de Vocales miembros del Consejo de la Cuenca del Río Bravo celebrada en las Oficinas de la Dirección General del Organismo de la Cuenca del Río Bravo en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León el viernes 18 de Septiembre de 2020.

En el marco de las facultades del Consejo de la Cuenca de: contribuir a la gestión integrada de los recursos hídricos de la cuenca, conocer oportuna y fidedignamente la información y documentación referente a los parámetros de mayor relevancia en materia de recursos hídricos y su gestión y difundir ampliamente entre sus miembros y la sociedad la información referida y colaborar con la autoridad en materia de prevención, conciliación, arbitraje, mitigación y solución de conflictos en materia del agua y su gestión, consagradas en las fracciones XVI y XIX del artículo 13 Bis Tres de la Ley de Aguas Nacionales respectivamente; y en cumplimiento de nuestras responsabilidades reglamentarias como Vocales Usuarios de : participar activamente en la instrumentación del programa de gestión integrada de los recursos hídricos; respaldar la ejecución de acciones para mejorar la gestión hídrica de la cuenca; contribuir a la integración de estudios, datos, e información con que contemos para la programación hídrica de la cuenca, que entre otras cosas, comprende las estrategias para la regulación de la explotación, uso o aprovechamiento del agua y fomentar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo e informar a nuestros representados al respecto de los mismos, – hoy muchos de nuestros acuerdos no están siendo informados adecuadamente -; todas ellas establecidas en las fracciones I, V,VI, XIII, XI,XIV y XV del Artículo 30 de las Reglas Generales de Integración, Organización y Funcionamiento de la Cuenca del Río Bravo.

Teniendo siempre presente el espíritu de colaboración, entendimiento y atención profesional de los asuntos de la cuenca, que siempre han caracterizado los trabajos de los vocales miembros del Consejo de Cuenca, se propuso desarrollar la siguiente agenda:

1.- Considerar los antecedentes de los trabajos y acuerdos del Consejo de Cuenca y de sus órganos auxiliares en materia de distribución de las aguas de la cuenca, incluido el compromiso internacional del cumplimiento del Tratado Internacional de 1944.

2.- Analizar la situación actual en la distribución de las aguas de la cuenca y del cumplimiento al Tratado de 1944 a la luz del marco jurídico del agua en México y de la información oficial disponible.

3.- Aclarar la información oficial no fidedigna que se ha circulado ante los miembros de la cuenca y la sociedad, que está generando confusión entre los usuarios mexicanos y la población en general, dando pie a lamentables conflictos en nuestra cuenca, para en el marco de nuestras responsabilidades reglamentarias y los acuerdos previos, informar lo conducente.

4.- Proponer las acciones que se consideren pertinentes, para la distribución equitativa del escaso recurso agua actualmente disponible en la cuenca, en el marco del cumplimiento de los compromisos internacionales y de la atención equitativa de los derechos mexicanos a los escurrimientos de la cuenca. El Consejo de la Cuenca del Río Braco, la COVI y el Grupo Especializado correspondiente, han trabajado intensamente en el análisis de la distribución de las aguas de la Cuenca Mexicana del Río Bravo bajo criterios acordados de: cumplimiento del Tratado Internacional de 1944, distribución equitativa de las aguas de los derechosos mexicanos, caudal ecológico y eficiencia en el uso del recurso, con la participación profesional y permanente de los vocales representantes de los cinco estados que compartimos las aguas mexicanas del Río Bravo, haciendo constar invariablemente los acuerdos en actas suscritas por todos los participantes a los largo de más de años de vida del Consejo.

En el entendido de que los escurrimientos mexicanos de la subregión denominada “Seis Tributarios”, incluido el rio Conchos, son propiedad de la nación, y su aprovechamiento está constitucionalmente concesionado a usuarios mexicanos de los estados de Durango, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, no son propiedad privada de ninguna entidad y los volúmenes para atender los derechos del total de los usuarios deben ser debidamente respetados y distribuidos equitativamente en relación con la proporción del volumen que tienen concesionado. De igual manera se considera que parte de estos escurrimientos corresponden a derechos de los Estados Unidos de Norteamérica, consagrados en el tratado Internacional de 1944 y que es menester respetar.

En el marco del artículo 22 de la Ley General de Aguas, “Los títulos de concesión o asignación no garantizan la existencia o invariabilidad de los volúmenes que amparan” y de conformidad al artículo 100 del Reglamento respectivo, solo nos dan el derecho de aprovechar “ el volumen disponible almacenado al 1 de octubre o al inicio del ciclo agrícola”, los volúmenes retenidos en la presa “La Boquilla” desde el mes de diciembre anterior, no corresponden a los derechos actuales de los usuarios del Distrito de Riego 05 en delicias, Chihuahua.

El total de las aguas aprovechables de la Subregión Seis Tributarios está debidamente distribuida entre los usuarios mexicanos y para con los Estados Unidos de Norteamérica desde la firma del Tratado de 1944 y durante 50 años se cumplió puntualmente con el ordenamiento.

Lamentablemente, y según consta en el estudio hidrológico desarrollado por el Consejo de la Cuenca, acordado y suscrito por el total de los representantes de las entidades de la cuenca, y publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 22 de septiembre de 2008, se desprende que ya existía un déficit de 437 millones de metros cúbicos, esto es, la cuenca está sobre concesionada, “y los volúmenes aportados por la Subregión denominada Seis Tributarios …..no son suficientes para cumplir con los volúmenes concesionados y con la parte segunda del inciso c del párrafo B del artículo 4 del Tratado”, como se expresa textualmente en el diario oficial descrito. En consecuencia, de acuerdo con los resultados del modelo matemático implementado por el Grupo Especializado del Consejo y calibrado con la colaboración de la Universidad Autónoma de Chihuahua, en condiciones normales de sequía, el cumplimiento del Tratado de 1944 obliga a restricciones en los volúmenes concesionados a los usuarios de la cuenca y a extracción de aguas almacenadas en nuestras presas para poder cumplir el compromiso internacional.

Es de entender, que de acuerdo a los criterios de evaluación acordados por el Consejo y sus órganos auxiliares, dichas restricciones sobre los volúmenes concesionados sean equitativas entre los diferentes usuarios de la cuenca, si bien en el presente ciclo 2019-2020 los usuarios de Chihuahua tuvieron autorizado el total de su volumen concesionado y sin restricción alguna, el no permitir a la autoridad dejar escurrir los volúmenes almacenados en la presa “La Boquilla”, ocasionó una restricción inequitativa a los usuarios mexicanos del Medio y Bajo Río Bravo a menos de la mitad de sus derechos, ocasionando cuantiosas pérdidas a decenas de miles de familias y un rezago en el cumplimiento del Tratado de 1944.

De acuerdo con el último reporte oficial de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) que se dispone, al día 5 de septiembre anterior, existe un rezago en el cumplimiento al Tratado, que obliga a nuestro país a asignar un total de 379.6 millones de metros cúbicos de aguas procedentes de los Seis Tributarios aforados; en términos de la proporción en la distribución prevista para cumplir con el Tratado, el total del escurrimiento faltante de acuerdo a las previsiones técnicas que sustentaron al Tratado, corresponde fundamentalmente al río Conchos, los cinco afluentes restantes de los que El Tratado asigna agua a los Estados Unidos, ya han aportado en promedio más del 90%la proporción que les corresponde aportar y más volumen que la proporción de su escurrimiento virgen con respecto al escurrimiento total de la Subregión Hidrológica Seis Tributarios.

El estudio técnico con el que se fundamenta el Tratado de 1944, previó un consumo futuro de solo 1,275 millones de metros cúbicos en el río Conchos en Chihuahua, el faltante del ciclo 34 y del ciclo 35 del Tratado, tiene su origen fundamentalmente en extraer en el río Conchos más agua de la prevista y de no permitir escurrir las aguas que no corresponden al derecho derivado de los títulos de concesión a los usuarios del río Conchos.

Si bien el concepto de “extraordinaria sequía” no está determinado por la Comisión Internacional de Límites y Aguas, de conformidad con los estudios desarrollados por el Grupo Especializado del Consejo de la Cuenca del Río Bravo, con la colaboración de la Organización Meteorológica Mundial y para fines de los trabajos técnicos del Consejo, en el ciclo 34 y 35 del Tratado de 1944, no se acredita la condición de Sequía Extraordinaria, que permita a México disponer de cinco años más para cumplir el compromiso internacional con los Estados Unidos, ni aplicar lo previsto en el Acta 234, para evitar un faltante de un segundo ciclo, que en términos del tratado solo existe bajo la condición de la citada extraordinaria sequía.

En el marco de la información oficial de que dispone el Consejo de la Cuenca, existe una alta probabilidad de que, al no permitir escurrir las aguas de la presa “La Boquilla” se incumpla el compromiso internacional y al colapsar los escurrimientos que abastecen al Medio y Bajo Río Bravo mexicano, se afecte ilegal e injustamente a decenas de miles de familias aguas abajo; adicionalmente y en condiciones normales de los escurrimientos de la Cuenca, en el contexto de una distribución equitativa de las escasas aguas, es de prever que se requiera una restricción al 50% sobre las concesiones de los usuarios en el total de la cuenca.

ACUERDOS

Con fundamento en el marco jurídico del agua y los acuerdos previamente suscritos por el Consejo y sus Organos Auxiliares, se propone: Atentamente solicitar se de cumplimiento inmediato a nuestras responsabilidades legales como Consejo de:

Uno.- Informar fidedignamente a los integrantes de la cuenca y a la sociedad del origen y la naturaleza de la actual condición de la cuenca, que nos permita hacer conciencia de tal situación, y responsablemente distender el lamentable conflicto que, por falta de información fidedigna, hoy se vive en la cuenca.

Dos.- Exhortar a la autoridad a emitir el Reglamento de la Cuenca a la mayor brevedad, para, en el marco de los acuerdos ya suscritos por todos los miembros del Consejo, administrar adecuadamente los amplios periodos de sequía que enfrenta la cuenca, cumpliendo nuestros compromisos internacionales, distribuyendo equitativamente nuestras escasas aguas entre el total de los usuarios derechosos, incluir y respetar los caudales ecológicos y evitar llegar a situaciones como la que hoy lamentablemente enfrentamos.

Tres.- En el corto plazo, invitar a los compañeros de Chihuahua para permitir a la autoridad la ordenada operación del sistema de presas de la cuenca, exhortando al total de los usuarios y al Gobierno Federal a implementar las medidas de emergencia que nos permitan la adecuada atención de la muy probable severa restricción que enfrentará la cuenca en el ciclo 2020-2021.

Cuatro.- Se invite a instituciones de prestigio nacional y que dispongan de información técnico-científica relativa a la Cuenca del Río Bravo y al Tratado de 1944, como lo son el Colegio de la Frontera Norte y el Colegio de Posgraduados Chapingo, para que, en el seno del Consejo se sumen a reorientar una solución a tan lamentables crisis.

Cinco.-Se anexará una propuesta técnica y prospección para la atención de la sequía esperada en el ciclo 2020-2021.

Seis.- Entregar una copia de los presentes acuerdos al Presidente y al Secretario Técnico del Consejo para su atención procedente.

Atentamente Vocales del Consejo de la Cuenca del Río Bravo Vocal Agrícola de Nuevo León, Sergio Alberto Cantú Garza. Vocal Agrícola de Coahuila, Tomás Villarreal Villarreal Vocal Agrícola de Nuevo León, Esteban Armando Cavazos Leal. Vocal Gubernamental de Tamaulipas, Luis Javier Pinto Covarrubias. Vocal Agrícola de Tamaulipas, Carlos Alberto Cavazos Valerio. Vocal Agrícola de Tamaulipas, Jorge Luis López Martínez. Vocal Organizaciones de la Sociedad, Tamaulipas, Abdiel García García. Vocal Sup. Organizaciones de la Sociedad, Tamaulipas, Rogelio García- Moreno Garza. Vocal Usos Servicios, Tamaulipas, Carlos César Hinojosa Hinojosa. Vocal Ambienta, Coahuila, PRONATURA Noreste, Oscar Adrián Leal Nares. Vocal Usos Industrial, Tamaulipas, Guadalupe Rosales Quintanilla. Vocal Usos Público Urbano, Tamaulipas, Miguel Vázquez Otague.

Monterrey, Nuevo León a 18 de Septiembre de 2020