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En vergüenza abogados del ISSSTE Tamaulipas, piden amparo contra Laudo que absuelve de lo reclamado

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los abogados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Tamaulipas, quedaron en vergüenza demostrando un desconocimiento total del derecho, ya que mediante la ejecutoria 585/2017 Magistrados Federales, le negaron el amparo al organismo, porque la autoridad laboral lo absolvió de todo lo reclamado en un juicio laboral.

La Magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determino que, es infundado el disenso en el que el ISSSTE se duele de que no existe unidad y congruencia de los resolutivos con los considerandos, de los que se obtiene que fue absuelto de todas las prestaciones reclamadas (si fue absuelto, entonces no se le condeno a nada y por tal motivo el Laudo no lo afecta en lo más mínimo).

El uno de junio del 2017, el ISSSTE acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra de la Junta Especial Numero Treinta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Victoria, por el Laudo de trece de octubre de dos mil dieciséis, dictado dentro del expediente laboral 189/2007, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

En un principio, varios trabajadores demandaron ante la JFCA, la aplicación irrestricta del artículo 57 de  la Ley del  ISSSTE con respecto al pago de la  gratificación anual o aguinaldo debiéndose cubrir o liquidar este concepto con efectos retroactivos y para  lo sucesivo con el mismo número de días que a los trabajadores en  activo  de  la  Secretaría  de  Educación  Cultura  y Deporte (SECUDE), consecuentemente, pago de las diferencias en las gratificaciones anuales a aguinaldos, entre otros.

La JFCA emite Laudo definitivo, señalando, por lo que resulta procedente absolver, ello aunado a la falta de pruebas con las que la parte actora acredite que tiene derecho a las prestaciones de carácter extralegal que reclama, se absuelve al ISSSTE de todas y cada una de  las prestaciones que  le son  reclamadas, ante ello el organismo federal recurre al juicio de amparo.

La Magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si son los considerandos los que rigen el sentido del  laudo, es inconcuso  que ningún agravio le causa lo establecido  en  los  resolutivos; la inoperancia, estriba en que, las consideraciones que rigen el sentido de la decisión, hacen patente que la JFCA absolvió al ISSSTE, y es evidente que al existir absolución sobre el particular, ninguna lesión se ocasiona a sus derechos, el desarrollo de  la  Litis que pretende el impetrante.

De ahí que, en la especie, la inoperancia de los disensos se presenta ante la actualización de un impedimento técnico que imposibilita el examen del planteamiento efectuado que deriva de la falta de afectación directa al promovente de la parte considerativa que controvierte, por lo que propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial.