Tamaulipas

Juez le da tres días a la Secretaria de Finanzas de Tamaulipas para que pague indemnización a mujer

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal le dio un plazo de tres días hábiles a María Gabriela García Velázquez, Secretaria de Finanzas de Tamaulipas y al Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), para que cumplan la sentencia de amparo 518/2016, consistente en que se le  pague a una mujer lo establecido en un Laudo emitido desde hace dos años y 6 meses,

El Juez Rodrigo Allen Ortiz Orozco, del Juzgado Primero de Distrito, resolvió “se requiere por última ocasión al Presidente del Tcatsem y la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Tamaulipas, para dentro del plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, dé cumplimiento a la sentencia de amparo, y que para mayor objetividad se le reitera que deberá realizar el pago correspondiente a la mujer en cumplimiento al laudo condenatorio dictado dentro del expediente laboral 1140/E/2010.

Además, se les apercibe que de no cumplir bajo los términos señalados en líneas precedentes, se le impondrá una multa equivalente a Cien Unidades de Medida y Actualización vigente, y se remitirá de inmediato el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación.

En este caso, una mujer acudió el tres de marzo del 2016 ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en cintra del Tcatsem, por la omisión de ejecutar del laudo de 16 de octubre de 2014, librándose el oficio correspondiente al Secretario de Finanzas para que cubra el crédito laboral, considerándolo violatorio de la garantía de justicia rápida, establecida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 518/2016.

El Juez señalo que, la parte mujer, se duele de que le causa perjuicios en sus derechos fundamentales, el retraso en la administración de justicia en el periodo de ejecución del laudo de 16 de octubre de 2014, dictado dentro del juicio laboral, porque al omitirse dictar las medidas necesarias para lograr su cumplimiento, la autoridad responsable demora injustificadamente el cumplimiento de dicha determinación

Del artículo 118 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado, se hace palpable que tratándose de la ejecución de laudos, no se dan mayores lineamientos salvo que deberán ser cumplidos dentro de los 15 días hábiles a partir de su notificación, es decir, no se exige el impulso procesal del ejecutante o de las partes al respecto; se desprende que mediante escritos de 14 de febrero y 3 de marzo de dos mil dieciséis, la mujer entre otras cuestiones, ha solicitado se dé cumplimiento.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que el Tcatsem proceda en forma pronta y expedita a tramitar y concluir el procedimiento de ejecución dentro del juicio laboral, conforme con los plazos y términos legales, lo cual implica que realice todos los actos necesarios para tal fin, sin embargo pese a los requerimientos hechos, la Secretaria Estatal de Finanzas hasta la fecha no ha pagado la cantidad fijada en el Laudo.