Tamaulipas

La Junta 6 en Matamoros desde hace ocho meses no emite acuerdo de pruebas, debió ser de inmediato

POR DAVID ZARATE CRUZ

Matamoros, Tamaulipas.- Desde hace ocho meses la Junta Especial Número Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado (JLCA), no ha emitido un acuerdo sobre las pruebas ofrecidas en un juicio laboral en contra de la Secretaria de Salud, cuando debió de hacerlo de inmediato, violando la garantía de justicia rápida en perjuicio de un ciudadano, ante lo cual el Poder Judicial Federal mediante la sentencia 963/2016 otorgó el amparo.

El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, determino que el ciudadano se queja de la inactividad procesal que atribuye a la responsable Junta, debido a que a la fecha de la presentación de la demanda de amparo no había emitido el acuerdo relativo a las pruebas ofertadas en la audiencia relativa en del expediente 440/6/2015, desahogada el 9 de agosto de 2016, retardando con ello el trámite del juicio.

El 28 de octubre del 2016, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros, para presentar demanda en contra de la Junta Especial Número Seis de la JLCA, por la falta de acuerdo al ofrecimiento de pruebas en el expediente 440/6/2015, considerándolo violatorio de la garantía de justicia rápida, establecida en el artículo 17 Constitucional, iniciándose el juicio de amparo 963/2016

El Juez señalo que, la responsable incurre en una violación a la garantía consagrada en el artículo 17 constitucional, toda vez que desde el 9 de agosto de 2016 celebró la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas, en donde las partes ofrecieron las pruebas de sus respectivas intenciones, a lo que la Junta  acordó reservar el proveído respectivo, sin que hasta la fecha lo haya efectuado, no obstante que debió emitirse el acuerdo de admisión o desechamiento de pruebas inmediatamente concluida esa etapa.

El Juzgado emite la sentencia otorgado el amparo para que, la  Junta Especial Número Seis de la JLCA provea lo conducente en relación con los medios de convicción ofrecidos en la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas desahogada el nueve de agosto de dos mil dieciséis, dentro del expediente administrativo laboral 440/6/2015, lo cual causo ejecutoria (se hizo firme),