POLÍTICATamaulipas

Magistrado del STJE decreta prescripción penal, sin señalar fechas que tomo en cuenta

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Magistrado Javier Valdez Perales, de la Sala Regional Victoria del Supremo Tribunal de Justicia del Estado del Estado (STJE), decreto la prescripción de la acción penal en beneficio de un acusado de fraude, sin que precisara las fechas que tomo en cuenta para ello, violando las garantías de seguridad jurídica del afectado, por lo que mediante la ejecutoria 652/2016 Magistrados Federales otorgaron amparo.

El Magistrado José Mario Machorro Castillo, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determino que, la decisión de dejar sin efecto la negativa de orden de aprehensión apelada, al considerar que operó la prescripción de la acción penal, motivo por el cual, sobreseyó la causa penal, instruida al acusado, con efectos de sentencia absolutoria, sí resulta violatoria de lo establecido en el artículo 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El 21 de junio del 2016, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda en contra del Magistrado de la Sala Regional Victoria del STJE, por la Sentencia del 12 de mayo de 2016, la cual considero como violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 652/2016.

El uno de octubre del 2014, el ofendido presento querella ante el Agente del Ministerio Público, en contra de una persona por el delito de fraude, ya que entre tres personas compraron un tractor para trabajar tierras en Güémez, pero el acusado, solo lo usa para él y no se lo presta; el 14 de octubre del 2015, el Juzgado Primero Penal de Victoria, negó la orden de aprehensión, ante lo cual el Ministerio Público, presenta recurso de apelación.

El 12 de mayo del 2016, la Sala Regional Victoria del STJE, emite la sentencia de dicho recurso, dejando sin efectos jurídicos el auto de catorce de octubre de dos mil quince, a través del cual el juez instructor dispuso negar la orden de aprehensión solicitada, en virtud de haber operado, sobresee el proceso penal, con efectos de efectos de sentencia absolutoria, ante lo cual el afectado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado José Mario Machorro Castillo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si bien la Sala Regional, con residencia en esta ciudad, refirió que los hechos que al ahora quejoso puso en conocimiento de la autoridad ministerial, pudieran ser constitutivos del delito de fraude, dejó de tener en cuenta la naturaleza de dicho delito y por ello, en consecuencia, tampoco indicó cuál fue la última conducta que lo actualiza, para tener así el punto de partida del cómputo de la prescripción, el que tampoco definió.

El pleno judicial otorga el amparo, para que, se estudie la prescripción de la acción penal, fundada y motivadamente, se tenga en cuenta la naturaleza de dicho delito, indicando  cuál fue la última conducta que lo actualiza, fijando el punto de partida del cómputo; luego, efectué el cómputo, con la precisa fijación tanto de la fecha de inicio como de conclusión, para determinar si a la fecha de presentación de la querella, había o no fenecido.