Tamaulipas

Magistrados de Tamaulipas violan el interés superior del niño al confirmar una sentencia

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los Magistrados Egidio Torre Gómez y Jesús Miguel Gracia Riestra, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), violaron el interés superior del niño al confirmar una sentencia que niega la perdida de la patria potestad del padre por no cubrir la pensión alimenticia de un menor en esta capital, ante lo cual mediante la ejecutoria 2/2018 Magistrados Federales otorgaron el amparo para que se deje insubsistente la sentencia.

El Magistrado José Clemente Cervantes, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno, determino que, los Magistrados Estatales no atendieron superior del menor, se considera así, porque declararon inoperantes los agravios expuestos por la madre recurrente, al considerar que no controvirtió los razonamientos emitidos por el Juzgado, pero perdió de vista que está obligada a suplir la deficiencia de la queja en favor del menor y a resolver en respeto de su interés superior.

El 15 de diciembre del 2017, se recibió en el Poder judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por la madre del menor, en contra de la Segunda Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, por la sentencia de 3 de noviembre de 2017, dictada en el expediente 433/2017, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

En un principio, el 19 de septiembre del 2016, la mujer presento juicio civil sobre pérdida de patria potestad respecto su hijo, en contra del padre del menor, con base en que el demandado, a partir del mes de marzo de 2016, el dejó de proporcionar la pensión  alimenticia correspondiente; lo que genera la pérdida de  la patria potestad del menor, en  términos  de  la  fracción  III  del  artículo  414  del Código Civil del Estado de Tamaulipas, ante el claro abandono de su deber de padre de satisfacer sus  necesidades.

El 14 de junio del 2017 el Juzgado Tercero Familiar de Victoria, emite la sentencia declaró improcedente el juicio de pérdida de patria potestad, ante lo cual la afectada presenta recurso de apelación; el tres de noviembre del 2017, los Magistrados Estatales declararon inoperantes los agravios expuestos por no controvertir las consideraciones del fallo, por lo que la mujer recurre al juicio de amparo.

El Magistrado José Clemente Cervantes, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que,  la responsable inadvirtió que la acción ejercida en el juicio de origen, es la pérdida de la patria potestad de un menor de edad,  por lo tanto, está obligada a resolver atendiendo en primer término al interés superior de dicho menor de edad, y a suplir de la manera más amplia la deficiencia de la queja, incluso a recabar de manera oficiosa las pruebas necesarias para resolver la litis del juicio.

Ante ello, propuso otorgar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que, laSegunda Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, deje insubsistente la resolución impugnada y emita otra, en la que analice las actuaciones del  juicio de origen, la resolución recurrida y los agravios, atendiendo al  interés superior del menor de edad, y en caso de ser necesario, supla en favor la deficiencia de la queja.