Tamaulipas

Magistrados del STJE de Tamaulipas validan delito no cometido por sentenciado

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.– Magistrados del Supremos Tribunal de Justicia de Tamaulipas (STJE) validaron una sentencia por delitos contra servidores públicos (halconeo), sin que existiera tal delito,  convalidando irregularidades del Ministerio Público y perjudicando detenciones de elementos de la Secretaria de Marina (Semar), por lo que mediante la ejecutoria  336/2018 Magistrados Federales otorgaron el amparo a un procesado, anulando solo ese delito.

El Magistrado Rubén Paulo Ruiz Pérez, del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, determino que, el testimonio de los multicitados elementos de la Armada de México resulta  insuficiente para sostener una sentencia condenatoria, pues, por sí solo no puede ser apto para fundar  que el activo realizó la conducta de vigilancia de las actividades o labores que  realizaban, atento al principio de presunción de inocencia.

El seis de abril, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por un procesado en Nuevo Laredo, en contra de los Magistrados de la Sala Colegiada Penal del STJE, por la sentencia de seis de junio de dos mil trece, dictado dentro del toca penal 150/2012 ahora 29/2018, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El parte informativo de los Marinos, señala que al realizar un recorrido de vigilancia en Nuevo Laredo, se percataron de la presencia de dos personas, quienes al darse cuenta de los vehículos militares uno de ellos se echó a correr y el otro se quedó parado, procediéndole a efectuar una revisión encontrándole un equipo de comunicación apagado, además de una pistola; el Ministerio Público Estatal en Nuevo Laredo, lo acusa de halconeo y otros delitos.

El Juez Segundo Penal de Nuevo Laredo, lo sentencia por estos delitos, ante lo cual el procesado presenta recurso de revisión; el 26 de junio del 2013 los Magistrados de la Sala Colegiada Penal del STJE, confirman la sentencia, ante lo cual el sentenciado recurre al juicio de amparo; por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado a Centro Auxiliar de la Segunda Región en San Andrés Cholula, Puebla.

El Magistrado Rubén Paulo Ruiz Pérez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, en autos no consta algún estudio de las conversaciones que permita saber por qué de ello pueda indefectiblemente determinarse, que en esos momentos el sujeto detenido en flagrancia realizaba actividades de vigilar, vía transmisión, sobre las actividades o labores que realizaban las instituciones de  seguridad  pública, que a su vez permitiera tener por acreditado el delito por el que fue instaurado el  proceso penal.

Ante ello, propuso otorgar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que los Magistrados de la Sala Colegiada Penal del STJE, dejen insubsistente la resolución pronunciada el veintiséis de junio de dos mil trece y sigan los lineamientos  trazados en esta ejecutoria, y determine que no está demostrado el primero de los elementos del ilícito cometido contra servidores públicos.

En este caso los Magistrados del STJE no analizaron que si bien, el detenido estaba parado en una calle, cuando paso el patrullaje de marinos, entones no pudo estarlos vigilando, siendo este un error del Ministerio Público Estatal.