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Niegan amparo a la Gubernatura de Tamaulipas, deberá pagar prima de antigüedad por 30 años

*El 23 de octubre del 2015, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por la Administración Estatal en contra del Tcatsem, por el Laudo de 23 de septiembre de 2015, dictado dentro del expediente laboral 183/2015, considerándolo violatorio de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 1293/2015.

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Gubernatura del Estado deberá pagar a una maestra lo correspondiente a la prima de antigüedad por 30 años con 11 meses, ya que el Poder Judicial Federal le negó el amparo en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), porque sus argumentos son infundados en una parte e inoperantes en otra.

Hortencia Jiménez López, secretaria del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, en funciones de Magistrada, determino que, es infundado el argumento del Gobierno del Estado en cuanto aduce que el Tribunal laboral no valoró a conciencia las probanzas en cita; ya que expuso las razones por las cuales estimó carecían de eficacia probatoria; aunado a ello, se apoyó en los preceptos que estimó aplicables, sustentando su criterio en la jurisprudencia aplicable al asunto particular.

El 23 de octubre del 2015, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por la Administración Estatal en contra del Tcatsem, por el Laudo de 23 de septiembre de 2015, dictado dentro del expediente laboral 183/2015, considerándolo violatorio de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 1293/2015.

En un principio, el 10 de marzo 2015, una maestra acudió ante el  ante el Tribunal Estatal, demandando a la Secretaría de Educación (SET), el pago de prima de antigüedad, en el capítulo de hechos la actora manifestó, que era maestra jubilada, asimismo, expresó que aunque se jubiló no se le cubrió la prima de antigüedad en los términos de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado,  habiendo laborado inicialmente en Mante y posteriormente en Victoria.

El Tcatsem, emite el Laudo definitivo condenado a la Gubernatura del Estado, a pagar la cantidad correspondiente por concepto de prima de antigüedad, por los 30 años 11 meses, ante lo cual la Administración recurre el juicio de amparo argumentando que, no  se valoró a conciencia las pruebas de su intención, las cuales consisten en diversas documentales, que al omitir el estudio apropiado deja inaudito el derecho de defensa.

Hortencia Jiménez López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, las afirmaciones del Estado no logran contrarrestar el cúmulo de consideraciones sustentadas, tampoco se inconforma con los alcances conferidos a todas las pruebas que sirvieron para estimar que la trabajadora siempre fue personal estatal, incluyendo a la documental aportada por el propio demandado consistente en el comunicado de nombramiento, y que su antigüedad se generó desde el uno de febrero 1984.

En ese sentido, al resultar infundados e inoperantes los conceptos de violación propuestos, propone negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial y ahora el Tcatsem deberá usar todos los medios a su alcance para obligar a la Gubernatura del Estado al pago dela prima de antigüedad a la maestra, ya que no tiene ningún otro recurso jurídico al cual acudir.