Tamaulipas

Niegan amparo a la Maquiladora Kemet de Victoria, deberá indemnizar a despedida

*El 19 de mayo del 2016, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por Kemet de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado JLCA, por el Laudo dictado dentro del expediente laboral 36/2/2014, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 551/2016.

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas,- La Maquiladora Kemet de México deberá pagar 42 mil 964.15 pesos de salarios caídos, mas indemnización y prima de antigüedad,  a una empleada que laboraba como operadora Raking, ya que el Poder Judicial Federal le negó el amparo en contra de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado (JLCA), porque el Laudo fue correcto, ya que al haberla reinstalado en el empleo, la vuelve a despedir.

El Magistrado José Luis Zayas Roldán, del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, determino que, contra lo alegado por la maquiladora, el último de los ofrecimientos de trabajo no puede considerarse de buena fe; tal como lo estimó la Junta, la conducta procesal del patrón no revelaba una verdadera intención de que la demandante se reincorporara en sus labores, sino que únicamente buscaba arrojar a la trabajadora la carga de acreditar el despido.,

El 19 de mayo del 2016, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por Kemet de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado JLCA, por el Laudo dictado dentro del expediente laboral 36/2/2014, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 551/2016.

Después de haber sido despedida la trabajadora, el día 22 de mayo del año 2014, la acepta la reinstalación de la actora en los mismos términos y condiciones, se le pide a la mujer que se presente a laborar en su horario que es a las 19:00 horas, y se le hace entrega de un gafete, bata y lentes para que realice sus labores; pero siendo las 7:00 de la tarde de ese día, al llegar a la entrada el guardia del cual desconoce su nombre, le impidió pasar manifestándole que por órdenes del patrón no se presentara más que estaba despedida.

Ante ello, la Junta condena a la maquiladora, al pago de la indemnización constitucional, salarios caídos y prima de antigüedad, al calificar de mala fe el nuevo ofrecimiento de trabajo; ante lo cual dicha empresa recurre al juicio de amparo, por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa

El Magistrado José Luis Zayas Roldán, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, existieron diversos juicios laborales previos entre las mismas partes, en los cuales, invariablemente, la patronal negó el despido alegado y ofreció el empleo a la trabajadora, mismo que fue aceptado y que, con posterioridad, ésta se dijera despedida de nueva cuenta el mismo día en que se efectuó la reinstalación; mientras que la demandada adujo que la propia obrera había dejado de presentarse luego de que fuera reinstalada.

Ante ello, propone negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, devolviendo el expediente al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en esta capital, donde el Magistrado Samuel Meraz Lares, notifico a las partes la ejecutoria, ante lo cual la maquiladora Kemet, deberá pagar la indemnización constitucional a su ex trabajadora.