Tamaulipas

Niegan amparo a la SET, deberá pagar prima de antigüedad a maestra

POR DAVID ZARATE CRUZ

La Secretaria de Educación de Tamaulipas (SET), deberá pagar la prima de antigüedad a una maestra, ya que mediante la ejecutoria 1227/2016 Magistrados Federales le negaron el amparo porque que la construcción de su planteamiento parte de premisas  falsas, pues atribuye al Tribunal Laboral argumentos que no se expresaron en el laudo reclamado.

El Magistrado Ricardo Delgado Quiróz, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determino que, si la SET  atribuye un  indebido cálculo de la prima de antigüedad con las percepciones accesorias  que recibió la actora como estímulos de la promoción horizontal por la carrera magisterial,  lo cual no corresponde a lo señalado por el Tribunal del conocimiento, se pone de manifiesto que deviene inoperante su argumento, al apoyarse en aspectos no verídicos.

El 21 de diciembre del 2016, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por la Administración Estatal, en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por el Laudo de 23 de noviembre de 2016,  dictado dentro del expediente laboral 156/E/2016, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica.

En un principio, la maestra demando a la SET ante el Tcatsem, reclamando el pago de la prima de antigüedad, ya que ésta no le fue pagada, destacando que en fecha 1 de septiembre de 1975, al 31 de diciembre 2015,  inicio a laborar para la SET, y en la clave,  inició a laborar el 16 de mayo de 1998 hasta 31 de diciembre 2015), como mentora de  educación, habiendo sido jubilada y a la vez iniciando su pensión en  fecha 1 de enero 2016,presentnado las pruebas correspondientes.

El Tcatsem emite el Laudo condenando a la Administración Estatal a pagar la  prima de antigüedad,  ante lo cual esta recurre al juicio de amparo, argumentando que,  que el Tribunal realizó de manera ilegal el cálculo de la prestación de prima de antigüedad con  las percepciones accesorias que recibió la actora como estímulos de la promoción horizontal por  la carrera magisterial, el cual forma parte del salario integrado.

El Magistrado Ricardo Delgado Quiróz, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, de la lectura del veredicto impugnado, se observa que el Tcatsem consideró que la cuantificación de la prima de antigüedad debe ser con base en los artículos 18 y 20 de  la Ley del Trabajo de  los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, esto es, el salario base y no integrado, el cual se obtiene de los recibos de pago ofrecidos por la parte actora, sin tomar en consideración otra cantidad.

En tales circunstancias, al no resultar violatorio de derechos humanos el laudo  reclamado, propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial compuesto por los Magistrados Olga Iliana Saldaña Durán, Ricardo Delgado Quiróz y Samuel Meraz  Lares, por lo que ahora el Tcatsem deberá obligar a la Administración Estatal a pagar la mencionada prima de antigüedad.