Tamaulipas

Niegan amparo al IMSS deberá pagar 352 mil 79 pesos de mensualidades por pensión

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá pagar 352 mil 079 pesos a un ciudadano, por concepto de mensualidades de pensión de Invalidez, ayuda asistencial y aguinaldos, ya que mediante la sentencia 4/2017 el Poder Judicial Federal, le negó el amparo en contra de la Junta Especial Número 60 de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por ser inoperantes sus argumentos.

El Juez Rogelio Josué Martínez Jasso, del Juzgado Séptimo de Distrito, determinó que, máxime que el IMSS únicamente combatió que ese Instituto no da el aguinaldo durante el mes de noviembre sino en diciembre; sin embargo, además de que las disposiciones invocadas no son restrictivas en el sentido de que únicamente se deba pagar dicho concepto en el mes de diciembre, no dijo con base en qué disposición la autoridad responsable debía entender que el aguinaldo únicamente se otorga en diciembre.

El cuatro de enero, el IMSS acudió ante el Poder Judicial Federal en Ciudad Reynosa, para presentar demanda en contra de la Junta Especial Número 60 de la JFCA, por la resolución interlocutoria de 30 de noviembre de 2016, dictado en el incidente de liquidación de laudo, relativo al juicio laboral 547/2014, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 4/2017.

El Juez señalo que, lo sustancial no es que el concepto de trato se otorgue en noviembre o diciembre de cada año, sino que el trabajador tenía el derecho ganado en el laudo, de que se le pagara aguinaldo del 2016, y si lo que quiso decir el IMSS es que por el año en mención debía ser proporcional u otro aspecto, debió entonces enderezar concepto de violación suficientemente motivado en ese sentido; pero no se observa que en la demanda de amparo hubiere evidenciado tal situación.

Lo anterior es así, pues los conceptos de violación deben, invariablemente, estar dirigidos a descalificar y evidenciar la ilegalidad de las consideraciones en que se sustenta el acto reclamado, de manera que se construya un argumento susceptible de ser analizado atento a la causa de pedir, luego, ante la inoperancia de los conceptos de violación, el Juzgado emite la sentencia negando el amparo.