Tamaulipas

Obligan al Gobierno de Tamaulipas a restituir a maestro removido en 2012, mediante amparo

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Gobierno del Estado restituyo en su puesto a un maestro, como asesor técnico pedagógico, removido de su lugar el 6 de diciembre de 2012, por mala conducta, sin pruebas suficientes para demostrarlo, pero el erróneamente el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), determino destitución, ante lo cual, mediante la ejecutoria 58/2015, se otorgó el amparo,

El Magistrado Guillermo Alberto Hernández Segura, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, determino que, los medios de prueba que ofreció la dependencia demandada, junto con los del propio actor, permiten evidenciar, que aquél no fue destituido, sino que se removió o cambió de adscripción; empero, los medios convictivos de la patronal son ineficaces para acreditar las causas que dieron motivo a esa medida, cuya legalidad.

El 16 de enero del 2015, un maestro acudió ante el Poder Judicial Federal, para presentar demanda en contra del Tcatsem, por el Laudo de veintidós de mayo de dos mil quince, dictado dentro del expediente laboral 316/2012 y su acumulado 5/2013, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, iniciándose el juicio de amparo 58/2015.

El 6 de diciembre de 2012, el maestro fue removido de su cargo por órdenes, ordenándole  presentarse en el edificio de la SET, ante lo cual presento demanda ante el Tcatsem, reclamando restitución en su puesto de trabajo como como asesor técnico pedagógico, de la asignatura de física ciencias 2, adscrito a la Supervisión General de Escuelas Secundarias Técnicas, Zona Escolar Número 7 de la SET, con domicilio en el 15 y 16 Morelos 1er. Piso.

Al acudir a juicio, la SET, negó la procedencia de la acción y sostuvo que el demandante no fue destituido, sino que le cambió el lugar de trabajo, pero sin que se hubieran variado las condiciones de trabajo, la indisciplina y falta de respeto hacia sus compañeros de labores; pero el Tribunal Laboral concluyo que fue destitución y emite el Laudo absolviendo de la restitución, ante lo cual el afectado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Guillermo Alberto Hernández Segura, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no concurren en los testigos tanto los requisitos de veracidad y certeza como los de uniformidad y congruencia, luego, esas  declaraciones no pueden provocar certidumbre para conocer la verdad de los hechos y, por ello, no merecen eficacia probatoria; por lo que las pruebas ofrecidas por el empleador, son ineficaces para justificar la mala conducta del empleado y, por ende, la legalidad de la remoción aplicada.

El pleno judicial otorga el amparo, para que el Tcatsem, deje insubsistente sin efectos el laudo reclamado y en su lugar, emita uno nuevo en el que prescinda de considerar que el demandado justificó sus excepciones y, por ende, declare procedente la acción reclamada en el expediente laboral, consistente en la restitución en su puesto de trabajo de en la asignatura de física ciencias 2; lo cual ya fue cumplido.