Tamaulipas

Tribunal Administrativo Federal no resuelve notificación ilegal de cobros del IMSS

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Sala Regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), emitió sentencia de sobreseimiento (no resolver a favor, ni en contra), de la una notificación de varios créditos fiscales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la cual fue realizada de manera ilegal, por lo que mediante la ejecutoria 51/2017 Magistrados Federales otorgaron el amparo a una mujer.

El Magistrado Pedro Daniel Zamora Barrón, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, determino que, contrario a lo sostenido por la sala responsable, del contenido de las constancias  de notificación no se advierte que el notificador haya requerido la presencia del representante legal del patrón y, ante la falta del debido cercioramiento de la ausencia de la persona buscada, no se justifica que dicha diligencia se haya entendido directamente con un tercero.

El 27 de enero del 2017, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital, la demanda promovida por una mujer en contra del TFJA, por la sentencia de 22 de noviembre de 2016, dictada en el expediente 803/15-18-01-8,la cual considero como violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, presentando las pruebas correspondientes.

Mediante escrito presentado el 19 de mayo de 2015, ante la Sala Regional del Golfo Norte del TFJA en Victoria,  demandó a IMSS en Tampico, la nulidad de las resoluciones determinadas de varios créditos fiscales los cuales negó desconocer su origen, señalando que el 11 de mayo de 2015, se presentó en sus instalaciones, un supuesto ejecutor, el cual argumentó que, en el caso de no pagar  los créditos  referidos, procedería a efectuar el Procedimiento Administrativo de Ejecución, esto sin dejar documento alguno.

Concluidos los trámites legales del juicio, se dictó la sentencia correspondiente el 22 de noviembre de 2016, en donde se sobreseyó en el  juicio de nulidad respecto de las resoluciones determinadas de varios créditos fiscales; resultó parcialmente procedente el  juicio y se declaró la nulidad lisa y llana de  las resoluciones determinadas  de varios créditos fiscales, ante lo cual la mujer recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Pedro Daniel Zamora Barrón, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, de la lectura que se hace de los citatorios y constancias de  notificación de las resoluciones impugnadas, se puede advertir que si bien el notificador requirió la presencia de la contribuyente, no así del representante legal de dicha contribuyente, como presupuesto básico para entender la diligencia con un tercero; de ahí se estima la ilegalidad de las mismas

Ante ello, propuso conceder el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que se deje sin efectos la sentencia reclamada y se dicte otras en la que se pronuncie nuevamente respecto de los motivos de inconformidad  relativos a la notificación de las resoluciones impugnadas, analizando de nueva cuenta las mismas y se  cerciore si cumplen con las formalidades señaladas en el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación.