Tamaulipas

Tribunal no atiende propuesta de pago por salarios caídos a trabajador de educación

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), no atendió la propuesta de pago de 2 millones 022 mil 798 pesos, como liquidación por salarios caídos, a un responsable técnico que fue reinstalado en la Secretaría de Educación (SET), violando las garantías de seguridad jurídica, por lo que mediante la sentencia 763/2016 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo.

El Juez Fernando Ureña Moreno, del Juzgado Primero de Distrito, determino que, el tribunal responsable omitió cumplir con el principio de exhaustividad que debe revestir toda determinación de autoridad, al no haber atendido las pretensiones que la parte actora hizo valer a través de su planilla de liquidación, ni las expresiones que formuló en la audiencia incidental de liquidación en el expediente de origen, violando las garantías constitucionales de seguridad jurídica.

El 6 de abril del 2016, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Tcatsem, por la resolución de liquidación de fecha 31 de marzo de 2016, notificada el día 4 de abril de 2016 dictado dentro del expediente administrativo laboral 172/E/2012, ante lo cual dio inicio el juicio de amparo 763/2016.

El Juez señalo que, al formular su planilla de liquidación, la parte actora fue clara en someter a la consideración del tribunal responsable, que el salario que debía tomarse en consideración, para la cuantificación de los salarios caídos, era el de 260 pesos la hora, a partir del dieciséis de noviembre del año dos mil once, más el 4 por ciento de incremento del salario para los años posteriores, y respecto al pago de la prima vacacional con el salario incrementado para el año dos mil doce.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, el Tcatsem deje insubsistente la resolución incidental de liquidación de 31 de marzo de 2016, dictada dentro del expediente laboral y en su lugar emita otra, en la que subsane las violaciones formales expresando la forma en que apreció la planilla de liquidación de la actora, y de respuesta a los planteamientos efectuados en la audiencia incidental de 22 de octubre de 2015.