Tamaulipas

Transporte Estatal deberá regresar taxi incautado al dueño, el detenido no lo era

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- La Subsecretaría de Transporte Público del Estado deberá regresar un vehículo taxi a su propietario, que le fue recogido a una persona en Reynosa, sin que este fuera dueño del mismo, por lo que se violentaron las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, ante lo cual mediante la sentencia 750/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo, porque no fue notificado de tal acción y no se le dio derecho de defensa.

Juan de Dios de León Sánchez, Secretario del Juzgado Octavo de Distrito, determino que un ciudadano fue detenido a bordo del vehículo marca Chevrolet, Tipo SPARK, modelo  2016,  prestando el servicio público de transporte de pasajeros (taxi), por lo que tal automotor fue remitido al corralón de Grúas Mora; resultándole al afectado el carácter de tercero extraño a dichos hechos, al no haber sido oído  y vencido, denotando tal circunstancia la infracción a las formalidades esenciales del procedimiento.

El 26 de julio del 2017, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en Ciudad Reynosa, para presentar demanda en contra de Tránsito y Vialidad Municipal, Delegado de Transporte Público de la Subsecretaría de Transporte del Estado y  Grúas  Mora, por el aseguramiento del vehículo, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

De León Sánchez señalo que, es claro que las autoridades responsables, al remitir el automotor  en cuestión al corralón de Grúas Mora, sin cerciorarse de que el bien mueble pertenecía a diversa persona a su poseedor, transgredieron las garantías de audiencia y seguridad jurídica en perjuicio del dueño, ya que se le privó de los derechos de  propiedad que acreditó tener sobre él, sin que previamente se le haya dado la oportunidad de ser oído y vencido, como lo establecen los artículos 14 y 16  Constitucionales.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, que de inmediato devuelvan al ciudadano el vehículo marca Chevrolet, Tipo SPARK, modelo 2016, con número de serie MA6CB6AD8GT010974; cabe precisar, que  la presente concesión no implica supeditar la devolución del vehículo al pago de alguna multa o cuota con motivo de los hechos aquí descritos, ni por concepto de pensión, arrastre o grúas.